MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE
INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA UN NUEVO SISTEMA ELECTORAL.
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SANTIAGO, 15 de julio de 2013.-
MENSAJE Nº 140-361/
Honorable Senado:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DEL H.
SENADO.
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En
uso de mis facultades constitucionales, he resuelto someter a vuestra
consideración el presente proyecto de ley que crea un nuevo sistema electoral.
I.
ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA
Este Gobierno ha impulsado una profunda y significativa
reforma para modernizar y perfeccionar nuestro sistema político y nuestra Democracia,
con el propósito de hacerla más vital y transparente, y de incrementar la
participación y el protagonismo de los ciudadanos.
Con este objetivo hemos impulsado e implementado la
inscripción automática y el voto voluntario de los ciudadanos, las elecciones
primarias para elegir a los candidatos y, también, la elección democrática y
directa de los consejeros regionales.
Ahora se da un paso más en esta Agenda de Modernización y
Perfeccionamiento de nuestra democracia, presentando al parlamento un proyecto ley
para establecer un nuevo sistema electoral.
El sistema electoral actual, mediante el cual hemos
elegido a nuestros diputados y senadores desde que recuperamos nuestra democracia, ya cumplió su ciclo y hoy
día requiere modernizaciones y perfeccionamientos que otorguen una mayor
participación y protagonismo a nuestros ciudadanos y, al mismo tiempo,
fortalezcan el necesario diálogo, los acuerdos y la gobernabilidad de nuestro
país.
El sistema electoral ha sido cuestionado por diferentes
partidos políticos, sin embargo, desde el retorno a la democracia, mis
antecesores han presentado escasas iniciativas al respecto. Los ex presidentes
Ricardo Lagos Escobar y Michelle Bachelet Jeria se abocaron únicamente a intentar
reformar la
Constitución Política, en orden de eliminar el límite de 120
diputados establecido en ella, a objeto de poder incrementar el número de
diputados. Ninguna de los dos proyectos de reforma fue aprobado en definitiva. Sólo
una reforma presentada por el Ex Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle del 17 de
noviembre de 1997 (boletín 2119-06), contenía una modificación efectiva de los
territorios electorales y del número de parlamentarios que se elegían, sin
embargo, ella nunca llegó a votarse ya que fue retirada por el ejecutivo pocos
meses después, el 17 de marzo de 1998.
Las distintas cámaras han rechazado también mociones
parlamentarias que pretendían eliminar el límite de 120 diputados con el
propósito de aumentarlos.
La iniciativa que presento, por lo tanto, tiene un
verdadero y real propósito de modificar el sistema binominal vigente, modificando
los territorios electorales y el número de parlamentarios que eligen, sin
pretender su incremento total.
II.
FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA
Los principios básicos que orientan esta reforma son
simples y directos:
1.
Dar mayores opciones a los ciudadanos en la
elección de sus parlamentarios, de tal forma que la mayoría de ellos pueda
elegir entre más alternativas de candidatos. Con el sistema binominal el
elector se encontraba con una cédula de votación donde las listas presentaban
sólo dos candidatos. Con esta propuesta gran parte del electorado podrá elegir
su candidato entre listas que presenten cuatro o seis candidatos cada una.
Con este proyecto un 95% de los
electores en el caso de la elección de diputados, y un 74% en el caso de
senadores, no tendrá una elección de carácter binominal con dos candidatos por
lista y verá aumentada la oferta de candidatos donde pueda elegir.
2.
Generar una mayor igualdad de acceso y
competencia entre los candidatos, de forma de motivar una mayor cercanía y una
mejor representación de los ciudadanos.
Debemos
reconocer que una de las dificultades del sistema binominal, lo constituía el
límite de hasta dos candidatos que podían presentar las diferentes listas o
conglomerados políticos al parlamento. Ello afectaba especialmente a los
conglomerados compuestos por más de dos partidos políticos, que tenían que
repartirse los cupos omitiéndose en algunos casos de participar en determinados
territorios electorales.
El
proyecto corrige sustancialmente esta situación, ya que el 93% de los diputados
y el 53% de los senadores ya no serán electos en distritos o circunscripciones
binominales, si no que lo harán en territorios electorales que elegirán 4 o 6
parlamentarios.
3.
Mantener el número de
diputados y de senadores. No consideramos necesario su incremento y, en
consecuencia, este proyecto no implica mayores gastos públicos.
4.
Mantener la
representación que las regiones hoy tienen en el parlamento sin afectar su
importancia relativa. Es también por esta razón que se no altera el número de
diputados y senadores que actualmente tienen las diferentes regiones del país.
5.
Mantener las actuales
categorías de parlamentarios de diputados y senadores sin establecer nuevos
tipos de cargos. No hemos considerado por tanto la existencia de senadores
nacionales.
6.
Mejorar la
proporcionalidad entre escaños y votos de las diferentes fuerza políticas.
Al respecto, mucho se ha criticado al sistema binominal,
llegando incluso a señalar que con él la minoría igualaba siempre a la mayoría en el parlamento. A pesar de estas
críticas, la evidencia empírica de seis elecciones parlamentarias ha demostrado
que ello nunca ha sido efectivo. La mayoría en los votos siempre ha tenido una
mayoría en el parlamento electo, y el mayor porcentaje de escaños que votos que
obtienen las listas de los conglomerados políticos más grandes, es similar a
otros sistemas proporcionales como el de concejales y a muchas de la propuestas
de cambio que han presentado diferentes parlamentarios. Además, ese mayor
porcentaje de escaños que votos se ha repartido en forma muy pareja entre los
dos conglomerados mayores.
7. La mayor proporcionalidad entre
votación y representación que contiene el proyecto es moderada, con el objeto
de facilitar la formación de coaliciones políticas amplias y estables, el
diálogo y los acuerdos entre las distintas fuerzas políticas y la
gobernabilidad de nuestro país, a través de un sistema electoral que promueve
estos objetivos.
Esto
último ha sido una preocupación de todos los gobiernos, como queda de
manifiesto en el mensaje al Senado que envió la ex Presidenta Michelle Bachelet
el 9 de junio de 2006 (boletín 4245-07)
señalando: “Un buen sistema electoral
debe favorecer la conformación de mayorías estables que permitan, en un régimen
presidencial como el chileno, el ejercicio de un buen gobierno. En este
sentido, un sistema electoral que incentive, de hecho, la proliferación de las
fuerzas políticas representados en el Parlamento por no disponer un umbral de
entrada y que no posee estímulos para la formación y mantención de coaliciones
fuertes –incluidos los mecanismos vigentes en Chile de pactos y sub pactos
nacionales-, puede generar una fragmentación no deseada del sistema político y,
en consecuencia, coaliciones débiles e inestables. Para contribuir al
desarrollo de este principio, el número de partidos debe ser relativamente
reducidos; es decir se debe propender a un sistema electoral que desincentive
la proliferación de los partidos.”. Añadiendo posteriormente: “No ayuda a la gobernabilidad y a la
formulación de políticas públicas la existencia de partidos pequeños, de escasa
adhesión popular, que puedan ejercer una especie de veto a través de una
representación marginal o que se convierten en árbitros de la relación
Gobierno-Oposición”.
III. CONTENIDO
DE LA INICIATIVA
La
presente iniciativa propone modificar la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones
Populares y Escrutinios:
1.
Cámara de
Diputados
Se mantiene la elección
de 120 diputados pero en 30 distritos que eligen un número variable de 2, 4 o 6 diputados.
Los nuevos
distritos se conforman mediante la unión, dentro de cada región, de los
actuales distritos sin modificarles su territorio, y manteniendo el número de
diputados que eligen actualmente en forma separada. Se mantiene también el
número de diputados que elige cada Región.
En aquellas
regiones que comprenden un sólo distrito y que corresponden a las regiones de
Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y
de Magallanes y de la
Antártica Chilena se mantendrán como un distrito eligiendo
dos diputados cada una.
En
el resto de las regiones se privilegia la unión de dos distritos que eligen
cuatro diputados, salvo aquellas regiones que tienen actualmente un número
impar de distritos, donde aparece necesariamente al menos un nuevo distrito que
corresponde a la fusión de tres de los antiguos y que pasa a elegir seis diputados.
2. Senado
Se propone la elección
de 38 senadores en 14 circunscripciones senatoriales que eligen un número
variable de 2 o 4 senadores.
Se unirán las
circunscripciones senatoriales que actualmente forman parte de una misma región,
como es el caso de las circunscripciones que corresponden a las regiones de
Valparaíso, Metropolitana de Santiago, del Maule, del Biobío, y de la Araucanía, las que
pasarán a elegir sus cuatro senadores como un solo territorio electoral.
El resto de las
circunscripciones senatoriales seguirán eligiendo dos senadores como la hacen
actualmente.
Los senadores se
elegirán alternadamente por regiones en la forma establecida actualmente y
durarán 8 años.
3. Procedimientos comunes para ambas
elecciones
Se contempla la
posibilidad de presentar listas y pactos electorales y adicionalmente subpactos
de partidos políticos, ya sea entre dichos partidos o con candidatos
independientes, con el objeto de sumar los votos de un mismo pacto y subpacto
para la determinación de los elegidos, de una forma similar al sistema vigente
de Concejales.
Los electos en cada distrito o
circunscripción senatorial se determinarán según el método proporcional de
D'Hondt o de cifra repartidora.
IV Otras
consideraciones.
En relación a la
división de la actual 1ª Circunscripción senatorial constituida por las
regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, en dos circunscripciones
separadas, se estará a lo que en definitiva resuelva el parlamento, en el
último trámite en que se encuentra el proyecto de ley (boletín 7260-06) que
crea la
Circunscripción Senatorial de Arica y Parinacota.
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